Filtros de búsqueda

Menos
Más
  • 359951 (1) [X]
Menos
Más
Menos
Más
  • Departamento Administrativo de la Función Pública (1) [X]
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 1 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 359951 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La administración tiene la obligación de realizar la desvinculación de los servidores públicos cuando han llegado a la edad de retiro forzoso, esto es los 70 años de edad, independientemente si éstos han alcanzado o no la totalidad de las semanas exigidas para adquirir el derecho a la pensión de vejez. Las personas que habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez no hayan cotizado el mínimo de semanas exigidas y declaren su imposibilidad de seguir cotizando, deberán ser retirados del servicio y tendrán derecho al beneficio de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, en los términos del artículo 37 de la Ley 100 de 1993.