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Concepto 350051 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para nombrar a una persona de carrera administrativa en un empleo de nivel superior, que se encuentra vacante de forma definitiva se debe dar uso a la figura del encargo, regulado por el articulo 24 de la Ley 909 de 2004. Lo primero que hay que decir es que es un derecho que tienen los empleados de carrera, siempre y cuando acrediten los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no hayan sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño es sobresaliente; la misma norma dispone que el encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad.