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Concepto 346901 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para efectos de que el empleado con derechos de carrera se posesione en período de prueba en otro empleo de entidad regida por el sistema general de carrera para el cual concursó y ha sido nombrado, procederá la declaratoria de vacancia temporal del empleo, para lo cual deberá allegar copia del nombramiento e indicando el término de duración del respectivo período de prueba, y una vez concluido el mismo, en caso de superarlo con éxito, el empleado deberá renunciar al empleo del cual es titular con derechos de carrera, so pena que se declare la vacancia del empleo por abandono del cargo en el caso de no hacerlo. En el evento de no superar el período de prueba, el empleado deberá regresar de inmediato al empleo del cual es titular con derechos de carrera en la entidad en la cual se encuentra laborando actualmente. En todo caso, ya sea que el empleado no supere el período de prueba, o que sea retirado por renuncia aceptada, debe regresar inmediatamente al empleo que venía desempeñando antes del concurso y de esa manera conserva su inscripción en la carrera administrativa. |
Concepto 346901 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para otorgar un traslado o permuta entre empleados de dos entidades públicas, se debe revisar que para el ejercicio de los empleos se exijan requisitos mínimos similares para su desempeño, los que para el nivel profesional se encuentran contenidos en el artículo 19 del Decreto Ley 785 de 2005, así como en el manual específico de funciones y de competencias laborales adoptado por la entidad. |