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Concepto 345411 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los empleados públicos que prestan sus servicios tanto en entidades del orden nacional como territorial, tienen derecho al reconocimiento y pago proporcional de la prima de servicios por el tiempo efectivamente laborado, es decir, entre la fecha de posesión en el empleo y el 30 de junio. |