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Concepto 337181 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública De acuerdo con lo previsto por el Legislador, los trabajadores vinculados en una entidad pública de naturaleza mixta cuyo capital público sea inferior al 90% del total, se consideran como servidores públicos que se rigen por las disposiciones del derecho privado; es decir, Código Sustantivo del Trabajo, por lo que en consecuencia, se considera que no se configuraría la causal señalada en el numeral 2 del artículo 179 de la Constitución Política, en tanto el aspirante no tiene la calidad de empleado público que ejerza jurisdicción o autoridad, vinculación que no está contemplada dentro de las limitaciones para aspirar a ser elegido Congresista. |