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Concepto 310891 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se considera que la prima de servicios a favor de los empleados públicos del nivel territorial se deberá reconocer y pagar en los primeros quince (15) días del mes de julio, con la asignación básica mensual que corresponda al empleado a 30 de junio, y, teniendo en cuenta los factores de salario de que trata el artículo 1º del Decreto 2278 de 2018 que se hayan causado y pagado al empleado.

Concepto 310891 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Como los empleados públicos en las empresas industriales y comerciales del Estado cumplen actividades de dirección, confianza y manejo, su naturaleza es de libre nombramiento y remoción por tanto, en este caso, no habrá lugar al reconocimiento de indemnización derivada de la supresión de cargos, sólo a la liquidación de los elementos salariales y/o prestacionales que se hubieran causado o que a pesar de que no haberse causado admitan pago proporcional.