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Concepto 307021 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para el caso de los provisionales que argumentan «estabilidad laboral reforzada» y a efectos de evitar que una persona con discapacidad sufra detrimento como consecuencia de la desvinculación por su condición, se considera que para todos los eventos, el despido debe estar autorizado por el Ministerio de Trabajo, independiente si la pérdida de la capacidad laboral es moderada, severa o profunda o no cuentan con certificación que acredite la pérdida de su fuerza laboral, lo importante es que se evidencia una situación de salud que les impida o dificulte sustancialmente el desempeño de sus labores en condiciones regulares.