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Concepto 301491 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No será procedente que se encargue al Comisario de Familia en el empleo de Inspector de Policía de un municipio de 5a categoría por el término del período de vacaciones de su titular. Lo procedente es que el encargo recaiga en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad y que cumpla con las condiciones y requisitos previstos en la norma y manual de funciones para desempeñar dicho empleo.

Concepto 301491 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El artículo 4 del decreto 593 de 2020, dispone que durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria por causa de la pandemia del Coronavirus COVID-19, las entidades del sector público y privado procurarán que sus empleados o contratistas cuya presencia no sea indispensable en la sede de trabajo, desarrollen la funciones y obligaciones bajo las modalidades de teletrabajo, trabajo en casa u otras similares. si las labores que desarrollan los empleados no son teletrabajables, la administración podrá asignarles nuevas funciones de acuerdo a la naturaleza del empleo. No es procedente que los empleos que no puedan desarrollarse bajo la modalidad de trabajo en casa, luego de pasada la emergencia sanitaria ser compensados en tiempo.