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Concepto 295341 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Una vez adelantada una revisión a las normas sobre inhabilidades e incompatibilidades se pudo constatar que no existe impedimento para que el jefe, asesor, coordinador, auditor interno o quien haga sus veces en las entidades públicas, una vez terminado su periodo renuncie al cargo del cual es titular y sea vinculado mediante una relación legal y reglamentaria como jefe de talento humano en la misma entidad en la cual prestó sus servicios. |