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Concepto 265201 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas son de obligatorio cumplimiento, con sujeción estricta a sus términos y condiciones, y por lo tanto, la entidad deberá acatar lo contenido en el fallo judicial. Con relación a que se realice un reintegro a un empleado público a la administración, en calidad de pre pensionado, no existe norma que prohíba tal situación, solamente en el evento que la persona se encuentra ya en tal situación, es decir pensionada.