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Concepto 2621 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los Consejos Profesionales son instituciones de creación legal de cáracter administrativo, concebidos en cumplimineto del artículo 26 de la Constitución Política, para vigilar el ejercicio de las profesiones y de las actividades que impliquen riesgo social, y que dentro de la función de expedición de licencias profesionales, fijan los derechos de expedición y perciben los dineros que se causan por tal efecto, los cuales han sido caracterizados como tasas. |