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Concepto 233381 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si el aspirante al cargo de Alcalde ejerce autoridad desempeña el cargo dentro de los 12 meses anteriores a la elección, estará inhabilitado para aspirar al cargo. Si, por el contrario, concluye que el desempeño del cargo no implica ejercicio de autoridad civil o administrativa, no estará inhabilitado para acceder a este cargo. No obstante, en virtud de la prohibición constitucional que pesa sobre todo empleado público de participar en política, si decide participar en la contienda electoral para el cargo de Alcalde, deberá renunciar a su cargo y su renuncia ser aceptada, antes de que se inscriba como candidato. |