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Concepto 217011 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La experiencia laboral de un servidor público de una entidad del nivel territorial, se certificará atendiendo lo estipulado en el artículo 12 del Decreto 785 de 2005, dicha certificación deberá contener entre otros aspectos la relación de funciones desempeñadas durante el ejercicio del empleo; así las cosas, en el caso de un personero municipal se le certificaran las funciones del articulo 178 de la Ley 136 de 1994 las cuales no se relacionan a “asuntos de control interno”. |