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Concepto 212351 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Quien haya celebrado contratos con entidades públicas, dentro del año anterior a las elecciones, no podrá postularse o ser inscrito como candidato al Concejo municipal, siempre y cuando los mismos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito; la persona que desee inscribirse como candidato al Concejo de Bogotá y se encuentre ejecutando un contrato de prestación de servicios en la misma ciudad a la que aspira a ocupar el cargo de elección popular, deberá ceder su contrato o renunciar a su ejecución con un año de anticipación a la realización de las elecciones, ya que de no hacerlo así, incurrirá en causal de inhabilidad. |