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Concepto 209161 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El funcionario que recibe, está obligado a realizar una revisión y verificación del contenido del Acta de Informe de Gestión, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la entrega y recepción del despacho; período durante el cual el funcionario saliente puede ser requerido para que haga las aclaraciones y proporcione la información adicional que le soliciten, salvo que medie caso fortuito o fuerza mayor. En caso de detectar irregularidades en los documentos y recursos recibidos, debe informar de inmediato a los órganos de control, para que ejerzan las acciones de su competencia.