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Concepto 203891 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La empleada pública embarazada podrá solicitar y obtener de la autoridad competente de la alcaldía en la cual está vinculada, que le autorice realizar el trabajo que le corresponde en ejercicio de su cargo, en la modalidad de trabajo en casa, atendiendo las directrices del Gobierno nacional y la exhortación que el mismo le ha hecho, entre otras, a las entidades territoriales, por el tiempo de la emergencia sanitaria a raíz del COVID 19, para la preservación de la salud y la vida de la criatura que está por nacer y de la trabajadora, teniendo en cuenta además, que en la entidad ya se han presentado positivos para el COVID-19, y que la autoridad correspondiente es responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud, y como deberes de las personas frente al derecho fundamental, los de propender por su autocuidado, el de su familia, el de su comunidad, actuar de manera solidaria ante situaciones que pongan en peligro la vida y la salud de las personas.

Concepto 203891 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los empleados inscritos en carrera administrativa a quienes se les supriman los cargos de los cuales sean titulares, tendrán derecho preferencial a ser incorporados en empleo igual o equivalente de la nueva planta de personal, en el evento que no fuere posible podrán optar por ser reincorporados a empleos iguales o equivalentes o a recibir indemnización. Si la Administración suprime uno de los empleos ocupados por un provisional el mismo quedará retirado del servicio, sin derecho a indemnización.