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Concepto 191911 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se considera procedente que a un servidor público se le asignen funciones adicionales a las contenidas en el manual especifico de funciones y de competencias laborales que tenga adoptado la entidad atendiendo a las necesidades del servicio, a los fines y objetivos propios de cada entidad, dentro del contexto de las funciones propias del empleado y acordes al cargo que ejerce y para el cual ha sido nombrado, de tal manera que, su evaluación de desempeño evidencie la labor desempeñada. Si algunas de las funciones que deben desarrollar de manera habitual los servidores públicos no pueden ser ejercidas durante la pandemia, la entidad tiene la facultad de asignarles funciones acordes con sus cargos que les permitan reportar el cumplimiento de actividades y recibir su remuneración.