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Concepto 176151 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El salario que debe devengar el jefe de control interno de una ESE del nivel territorial, será aquel que corresponda al empleo en el cual fue nombrado, ello con arreglo a las disposiciones que se dicten en relación con el acto administrativo que fije las escalas de remuneración para las entidades descentralizadas, el cual deberá corresponder al nivel, código y grado donde se ubique el empleo así como deberá fijarse dicha remuneración conforme a los límites máximos establecidos por el Gobierno Nacional.

Concepto 176151 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El reajuste o aumento salarial de los empleados públicos del nivel municipal, se deberá efectuar anualmente con base en el reajuste salarial señalado mediante Decreto dictado por el alcalde con sujeción al respectivo acuerdo expedido por el Concejo Municipal y respetando los límites máximos salariales que el Gobierno Nacional establezca en el decreto salarial que se expida para la vigencia fiscal respectiva. Todos los empleos de las entidades deben ser ajustados anualmente conforme con los Decretos Salariales expedidos por el Gobierno Nacional cada año. Los aumentos deben ser consonantes con estos Decretos año a año. "