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Concepto 176101 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública La provisión del respectivo empleo de carrera se efectuará por mérito, independientemente de las condiciones o circunstancias especiales que ostente el aspirante, con la persona que al momento en que deba producirse el nombramiento ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad. Si se trata de un empleo de libre nombramiento y remoción, quien ostente la potestad nominadora podrá, como su nombre lo indica, nombrar y remover libremente el empleo, por medio de un nombramiento ordinario, de acuerdo con la ley. |