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Concepto 149191 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "La persona que tiene vinculo de parentesco en primer grado de consanguinidad con contratista vinculado mediante contrato de prestación de servicios con la administración municipal, no se encuentra inhabitado para aspirar a la alcaldía o concejo municipal, toda vez que su familiar no tiene calidad de empleado público, en consecuencia, no se configura la inhabilidad señalada en el numeral 4 del artículo 43 y 95 de la Ley 136 de 1994." |