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Concepto 12701 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Al descender un Departamento de la Categoría Especial a categoría Primera en el mismo período constitucional, los salarios de los diputados para ese mismo lapso no podrán ser desmejorados o reducidos para adecuarlos a la nueva categoría del ente territorial; y se le deberán seguir reconociendo y pagando por todo ese mismo período para el cual fueron elegidos con el salario correspondiente a la categoría Especial, hasta concluir su respectivo período. |