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Concepto 105511 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado de carrera que supere un concurso será nombrado en periodo de prueba por el término de seis meses, y el cargo del cual es titular se encontrará vacante temporal mientras se califica satisfactoriamente el desempeño en este periodo; no es procedente que el empleado de carrera en nombramiento en periodo de prueba participe en los procesos de encargo dentro de la entidad en la cual se encuentra el empleo del que es titular, toda vez que, se encuentra en un tiempo durante el cual demostrará su capacidad y habilidades para ocupar otro empleo como titular y esta figura se otorga a los empleados para atender aquellas dificultades que se presenten por la vacancia temporal o definitiva de un empleo. Lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015, sobre los derechos del empleado en carrera administrativa en periodo de prueba de permanecer en el cargo por el término de seis meses, y la prohibición de efectuar algún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas indicadas en la convocatoria que ocupó el primer puesto en la lista de elegibles.