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Concepto 093791 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El término de duración de los nombramientos provisionales actualmente se encuentra concebido para la vacancia definitiva hasta que se efectúe el nombramiento en periodo de prueba de quien ocupe el primer lugar en el respectivo concurso de méritos y en los casos de vacancia temporal hasta cuando finalice la situación administrativa que le dio origen a la misma, sin que la norma establezca prórroga en el evento que el provisional se encuentre en una situación administrativa como una licencia, vacaciones o comisión. |