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Concepto 084291 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las incompatibilidades de los concejales municipales y distritales, incluyendo a quienes pertenecen, y no, a la mesa directiva cobran vigencia hasta la terminación del período constitucional respectivo. Por tanto, Como el concejal no tiene la calidad de empleado público, resulta procedente que el mismo pueda aspirar a ser elegido alcalde del mismo municipio sin incurrir en algún tipo de inhabilidad siempre y cuando los periodos no coincidan en el tiempo. De igual manera, el concejal que aspira a ser reelegido no requiere renunciar al cargo, aun cuando presida la Corporación, por cuanto, se reitera que no tiene la calidad de empleado público.

Concepto 084291 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si bien es cierto no existe inhabilidad alguna para que un servidor público, distinto de los abogados, preste servicios en el ámbito privado -siempre y cuando en el desarrollo de esas actividades privadas no se preste asistencia, representación o asesoría en asuntos relacionados con las funciones propias del empleo del cual es titular en el sector público y dedique la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, es decir, que el desempeño de sus actividades privadas no interfiera con el óptimo desempeño de sus funciones en el sector público-, se considera que el servidor público no puede celebrar contratos con otras entidades estatales ni con personas privadas que manejen o administren recursos públicos por sí o por interpuesta persona.