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Concepto 074591 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública La empleada pública que ocupa un cargo de libre nombramiento y remoción dentro de la administración, y se reintegra a su empleo luego de disfrutar de la licencia de maternidad, tendrá derecho a permanecer en su trabajo hasta los tres (3) meses posteriores a la fecha del parto, con el fin de que la trabajadora cuente con la protección necesaria de la cual pueda derivar el estado de bienestar para ella y su hijo, dando de esta forma cumplimiento a la garantía fundamental. |