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Concepto 065481 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El ejercicio de las funciones de carácter permanente en las entidades públicas, debe corresponder al personal de planta. Al margen de lo anterior, no debe olvidarse que la viabilidad de la celebración de un contrato de prestación de servicios con una persona natural, depende del estudio de necesidad que realice la entidad, con el fin de determinar el ejercicio de actividades transitorias o temporales porque de acuerdo con el manual de funciones específico no existe personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar el servicio, |