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Concepto 061921 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El Gobierno Nacional año tras año establece los límites máximos salariales que deben tenerse en cuenta al momento de fijar la asignación básica de los empleos de la respectiva entidad territorial incluyendo la del Gerente de las Empresas de Servicios Públicos. En la actualidad, los Gastos de Representación en el nivel territorial se encuentran consagrados exclusivamente para los Gobernadores y Alcaldes, razón por la cual no es posible extender su reconocimiento a otros empleados de carácter oficial. (Subrayas fuera del texto) En todo caso, debe tener en cuenta que para establecer si el gerente de una empresa de servicios públicos tiene o no derecho a los gastos de representación a nivel territorial dependerá de la naturaleza jurídica de la empresa. En este sentido, al ser una empresa de servicios públicos oficial le aplica la conclusión anterior. En caso, de tener una composición de carácter mixto, la empresa de servicios públicos se rige por las disposiciones del derecho privado y la empresa tendría la facultad para establecer este tipo de asignaciones. "