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Concepto 052861 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Como quiera que según el escrito se trata de la postulación de un servidor público de un ente de control del orden nacional al cargo de concejal de un municipio en el que no ejerce su cargo, es pertinente manifestar que no se evidencia ningún tipo de inhabilidad para postularse a dicho cargo. No obstante, y teniendo en cuenta que como servidor público no debe realizar actividades que puedan denotar participación en política, sin perjuicio de ejercer libremente el derecho al sufragio (artículo 127 de la Constitución Política) deberá renunciar al empleo público con anterioridad al día de su inscripción como candidato o de cualquier actividad que denote participación en política. |