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Sentencia 149 de 2009 - Corte Constitucional Corte constitucional declara exequible, p, la expresión "acreditar título de posgrado en derecho de familia, derecho civil, derecho administrativo, derecho constitucional, derecho procesal, derechos humanos, o en ciencias sociales siempre y cuando en éste último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.", contenida en el numeral tercero (3°) del artículo 80 de la ley 1098 de 2006, "por la cual se expide el código de la infancia y la adolescencia", |
Sentencia 149 de 1993 - Corte Constitucional La retroactividad del impuesto riñe con los mandatos de la Constitución de 1991. La norma tributaria fue retroactiva, en cuanto operó respecto de situaciones ya consolidadas, desconociendo lo estatuido por la Carta. La persona debe estar preparada para cancelar el impuesto y por tanto, sufre daño cuando la imposición de gravámenes cubre situaciones o hechos que ya están fuera de su control y previsión. En tal caso, si el no pago del impuesto es castigado, la persona resulta condenada injustamente, lo cual quebranta postulados básicos de todo sistema jurídico. |