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Concepto Sala de Consulta C.E. 992 de 1997 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

Si el estado de invalidez se produjo bajo el mandato del Acuerdo 49 de 1990, no se reunían en ese momento las semanas de cotización exigidas para acceder a la pensión y no se elevó la respectiva solicitud, ni se pidió la indemnización sustitutiva, pero, al entrar en vigencia la Ley 100 de 1993 el estado de invalidez se mantenía y cumplía con uno de los requisitos previstos en su artículo 39, el afiliado puede solicitar el reconocimiento de la pensión de invalidez con base en este estatuto, pues el contenido de los artículos 38, 39 y 40 de la mencionada Ley implican mejoras sustanciales aplicables a las condiciones objetivas del trabajador.