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Sentencia 2017-00607 de 2021 - Consejo de Estado

El inciso 2 del artículo 1 del Decreto 1794 de 2000 señala que, los soldados voluntarios que posteriormente a su vinculación fueron incorporados como profesionales, tienen derecho a ser remunerados mensualmente en el monto de un salario básico incrementado en un 60%. Las Altas Cortes, por medio de sus providencias, han determinado las siguientes reglas: i) De conformidad con el inciso 1 del artículo 1 del Decreto 1794 de 2000, la asignación salarial mensual de los soldados profesionales vinculados por vez primera, a partir del 1 de enero de 2000, es de un salario mínimo legal mensual vigente incrementado en un 40%. ii) De igual manera, el inciso 2 del artículo 1 del Decreto 1794 de 2000, indicó que la asignación salarial mensual de los soldados profesionales que a 31 de diciembre de 2000 se desempeñaban como soldados voluntarios en los términos de la Ley 131 de 1985, es de un salario mínimo legal mensual vigente incrementado en un 60%.