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Sentencia 2016-00098 de 2021 - Consejo de Estado Los actos administrativos expedidos por el Procurador General de la Nación en el ejercicio de su facultad para revisar (revocatoria directa) los fallos de contenido disciplinario expedidos por las Procuradurías Provinciales y Delegadas, respectivamente, son susceptibles de ser controvertidos por cualquier persona a través de la acción de simple nulidad, teniendo en cuenta, que el examen de legalidad que haría la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo para estos casos es de carácter objetivo, pues de no ser así, dichas decisiones permanecerían indemnes de ser discutidas en sede jurisdiccional. |