Filtros de búsqueda

Menos
Más
  • 2015-00542 (1) [X]
Menos
Más
Menos
Más
  • Consejo de Estado (1) [X]
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 1 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Sentencia 2015-00542 de 2020 - Consejo de Estado

El superintendente es un agente del Jefe de Estado de la República, que cumple las funciones de inspección, control y vigilancia en los distintos sectores de la vida nacional. El artículo 5 de la Ley 909 de 2004, y el artículo 7 del Decreto Ley 775 de 2005, clasifican el cargo de Superintendente como de libre nombramiento y remoción, esta categoría se caracteriza por otorgarle al nominador la potestad de designar y retirar discrecionalmente a su titular, por razones de necesidad, mérito o conveniencia pública, sin que sea necesario expresar los motivos que lo llevan adoptar una u otra decisión. Por ende, no es posible asignarle un periodo de tiempo especial a este funcionario, ya que, esto implicaría una mutación de la naturaleza jurídica de este cargo, configurándose el empleo por periodo fijo. Debido a esto, el Consejo de Estado declara; I) La nulidad de la expresión “para el respectivo período presidencial” contenida en el artículo 2.2.34.1.4. del Decreto 1083 de 2015; II) La nulidad de los artículos 2.2.34.1.5., 2.2.34.1.6. y 2.2.34.1.7 del Decreto en mención, ya que, el Gobierno nacional vulneró los artículos 125, 150.23, 189.11 y 13 de la Constitución Política, al desbordar los límites de la potestad reglamentaria y los artículos 1, 5 y 41 de la Ley 909 de 2004, y 7 del Decreto Ley 775 de 2005.