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Sentencia 2015-00207 de 2021 - Consejo de Estado

La indemnización por perdida de capacidad laboral, es una prestación asistencial y económica que le asiste al trabajador cuando los porcentajes de pérdida de la capacidad laboral oscilan entre el 5% y el 49.9%. El artículo 1 del Decreto 2644 de 1994, dispone la tabla de equivalencias respecto de los porcentajes y el monto de indemnización que le corresponde a cada una de ellas. En síntesis, si la persona presenta un porcentaje de pérdida de la capacidad laboral superior o igual al 50%, ya no es posible la asignación de indemnización, contrario a esto, se debe reconocer el beneficio a la pensión de invalidez.