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Sentencia 2014-00510 de 2021 - Consejo de Estado

Tenemos que de la aludida causal se pueden derivar los siguientes supuestos: 1) Que la prueba sea documental. Lo que significa que no puede estructurarse en otros medios probatorios como los testimonios o inspecciones judiciales, entre otros; 2) Que el documento o documentos sean recobrados. Es decir, no se refiere a pruebas nuevas y posteriores, sino que esos elementos probatorios deben existir en el tiempo procesal, pero no pudieron ser valorados porque estaban perdidos o extraviados o existía imposibilidad física o jurídica de acceder a ellos para el momento en que debía allegarlo al proceso; 3) Que no pudieron ser aportados por razones de fuerza mayor, caso fortuito u obra de la parte contraria, eventos que deben encontrarse debidamente probados y 4) Que la prueba recobrada sea tan relevante que la decisión sería otra, de manera que no es cualquier prueba, sino que debe tener la capacidad de influir en el sentido de la decisión.(…) la causal establece que se trate de una prueba documental y que tenga el carácter de recobrada