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Sentencia 2014-00128 de 2021 - Consejo de Estado Los miembros de la Policía Nacional que se encuentran en las situaciones administrativas como: franquicia, permiso, licencia, vacaciones, suspendido, incapacitado, excusado de servicio o en hospitalización, conservan su condición de servidores públicos de la institución en servicio activo. Esto implica que, efectivamente y de manera actual desempeñan un empleo o cargo en esa Institución. Esta circunstancia hace que aún bajo las situaciones administrativas descritas retengan su condición de garantes de las condiciones necesarias para el goce efectivo de los derechos y las libertades ciudadanas, y para el aseguramiento de una convivencia pacífica. Por ende, la autoridad disciplinaria competente está facultada para adelantar la potestad sancionatoria contra los miembros de la Policía Nacional cuando desarrollen conductas que siendo ajenas al servicio policial afecten la función pública que le compete a la institución proteger de acuerdo con la Constitución y la ley. |