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Sentencia 2011-00744 de 2020 - Consejo de Estado

Para que los servidores públicos territoriales puedan afiliare a un fondo de cesantías y acogerse al nuevo régimen actualizado, deben cumplir las siguientes exigencias: (i) suscripción de un convenio entre la entidad territorial y el fondo de cesantías para efectos de administrar en cuentas individuales los recursos para el pago de las cesantías de los servidores públicos de ese nivel que se encuentran bajo el sistema tradicional de retroactividad y (ii) información y publicidad entre los (3) sujetos (ente, fondo y afiliado) para efectos de poner en conocimiento el traslado.