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Decreto 1495 de 2024 - Nivel Nacional

Modifica del artículo 2.6.7.9.2. del Capítulo 9 del Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en el sentido de que las operaciones de crédito directo que se realicen bajo esta línea de crédito, con una tasa compensada como se menciona en el artículo 2.6.7.9.1 del decreto, se podrán aprobar hasta un monto total de 4 billones 50 mil millones de pesos. Esto quiere decir que se pueden otorgar créditos hasta llegar a ese límite de dinero. Además, una vez que se hayan usado todos esos recursos, ya no se podrán seguir otorgando créditos bajo esa línea.