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Concepto 060091 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública En lo que hace referencia al plazo para el pago de las acreencia laborales para los servidores públicos, aunque la norma no establece un plazo máximo para el pago de las mismas, la entidad u organismo público debe tener en cuenta que se trata de un derecho de los servidores y de una obligación de la administración; en tal sentido, debe actuar con la mayor diligencia posible con la liquidación y pago de valores que correspondan, dándose un plazo moderado para tal fin, de tal forma que no se ocasione un perjuicio al empleado y no se genere un riesgo jurídico para la entidad. |