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Sentencia 054 de 2024 - Corte Constitucional La Corte declara INEXEQUIBLE la expresión “y hubiesen cotizado por lo menos mil ciento cincuenta semanas (1.150)” del artículo 65 de la Ley 100 de 1993 en relación con sus efectos para las mujeres, teniendo en cuenta que, el incumplimiento del requisito de semanas de cotización implica que las mujeres que después de haber superado su edad productiva, no cuenten con el capital suficiente en su cuenta de ahorro individual para financiar la pensión, no podrán acceder a ninguna prestación pensional, ni siquiera a una mesada pensional equivalente a un salario mínimo. |