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Sentencia 507 de 2023 - Corte Constitucional El Congreso de la República sí incurrió en una omisión legislativa relativa. Esto porque al regular sobre la reducción de la jornada laboral, excluyó a las personas que trabajan en el servicio doméstico como internas. Con esa exclusión, incumplió deberes constitucionales específicos y también generó una desigualdad sin justificación ni objetividad; y lo hizo sin reparar en la economía del cuidado ni en la importancia productiva del servicio doméstico. Por ello, la Corte estableció que la jornada máxima laboral de las personas que realizan labores domésticas como internas se reducirá de manera proporcional, pasando de 60 horas semanales a 52,5. |
Sentencia 471 de 2023 - Corte Constitucional Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán recaudar y analizar la información (i) prefiriendo aquella prueba que no lesione la vida privada del asegurado y, en el evento en el que no se cuente con una amplitud de opciones, que la prueba practicada sea legítima, necesaria y proporcional a los hechos que se investiga; (ii) delimite tiempos precisos y restringidos en los que se adelantará la investigación, con el fin de no exponer al asegurado o beneficiario a un interminable cuestionamiento que afectaría su tranquilidad; (iii) determine quienes podrán tener acceso a la información privada del asegurado, evitándose la circulación y/o tercerización de la información con particulares que no hacen parte de la relación contractual inicial; (iv) entregue información clara y precisa al afiliado o potencial beneficiario y le permita hacer uso del derecho de defensa y contradicción a partir de conocer la metodología y práctica de las investigaciones que se lleven a cabo para resolver sobre su derecho, las cuales deben ser compatibles también con el derecho a la intimidad. |
Sentencia 004602 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública El Consejo de Estado resalta que, para el conteo de la prescripción de esta prima mensual del art. 14 de la Ley 4ª de 1992 se tendrá en cuenta en cada caso la fecha de presentación de la reclamación administrativa y a partir de allí se reconocerá hasta tres años atrás, nunca más atrás. |
Sentencia 077102 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prima especial de servicios es un incremento del salario básico y/o asignación básica de los servidores públicos beneficiarios de esta. En consecuencia, los beneficiarios tienen derecho, al reconocimiento y pago de las diferencias que por concepto de la prima resulten a su favor. La prima especial sólo constituye factor salarial para efectos de pensión de jubilación. |
Sentencia 052901 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública El Consejo Superior de la Judicatura carece de competencia para asignar a los cargos nominados 95, grados, códigos y remuneración diferentes a los previstos en el Decreto 57 de 1993 y demás decretos anuales expedidos por el Gobierno Nacional en los que se regule el régimen salarial y prestacional de los empleados de la rama judicial. Esta potestad corresponde al presidente de la República en desarrollo de las facultades previstas en la Ley 4ª de 1992. |
Sentencia 1939-2020 de 2023 - Consejo de Estado El Contralor General tiene la facultad para ajustar la planta de personal temporal según las disponibilidades presupuestales, la justificación técnica y la disponibilidad presupuestal como requisitos para la creación de empleos temporales en entidades públicas, y la normativa que regula la desvinculación de servidores de empleos temporales por ajustes a los montos requeridos para la financiación de dichos empleos. |
Sentencia 2012-00200 de 2023 - Consejo de Estado Reglas de unificación de la prescripción de la sanción moratoria por pago inoportuno o no pago de cesantías definitivas. |
Sentencia 2018-00529 de 2023 - Consejo de Estado El Consejo Superior de la Judicatura carece de competencia para asignar a los nominados, grados, codigos y remuneración diferentes a los previstos en el Decreto 57 de 1993 y demas decretos anuales expedidos por el Goberno Nacional en los que se regule el régimen salarial y prestacional de los empleados de la rama judicial. esta potestad coresponde al presidente de la Republica en desarrollo de las facultades previstas en la Ley 4 de 1992, en consecuencia la remuneración del cargo de abogado asesor grado 23 de los Tribunales Administrativos, es fijada para el abogado asesor en los decretos anuales expedidos por el gobierno nacional. |
Sentencia 2769-2022 de 2023 - Consejo de Estado Los educadores nombrados con posterioridad al 1 de enero de 1990 se encuentran cobijados por la liquidación de las cesantias en forma anualizada y no retroactiva, los nombramientos en interinidad no se consideran nombramientos en propiedad ya que son formas de proveer empleos ante situaciones administrativas. |
Sentencia 437301 de 2023 - Departamento Administrativo de Servicio Civil Los empleos temporales se caracterizan por ser transitorios como quiera son excepcionales en las plantas de personal de las entidades públicas y, al tener ese carácter temporal, la justificación para su creación deberá contener una motivación técnica para cada caso, así como la apropiación y disponibilidad presupuestal para el cubrimiento de los respectivos salarios y prestaciones sociales. |