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Concepto 283811 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

la prescripción de los derechos de los empleados públicos, es por regla general de tres (3) años, contados a partir de la fecha en que se haya hecho exigible la obligación, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.