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Concepto 266121 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El nombramiento en provisionalidad procede como un mecanismo de carácter excepcional y transitorio que permite proveer temporalmente un empleo de carrera administrativa, con personal que no fue seleccionado mediante el sistema de mérito, en aquellos casos que no haya empleados de carrera que cumplan con los requisitos para ser encargados y no exista lista de elegibles vigente que pueda ser utilizada para proveer la respectiva vacante, sin que la norma establezca un procedimiento especial para realizar dichos nombramientos provisionales, por lo que se considera que será facultativo por parte de la entidad realizar las vinculaciones respectivas, previa verificación del cumplimiento de requisitos para el ejercicio de los empleos.