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Concepto 262831 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Una gobernadora indígena y lideresa no estará inhabilitada para aspirar al cargo de diputada. Así mismo, si como docente de una institución educativa pública no ejerce ningún tipo de autoridad, tampoco estará inhabilitada; de lo contrario, si como docente ejerce autoridad, sí estará inhabilitada. En cualquier caso deberá renunciar a su empleo público antes de la inscripción de la candidatura, dadas las restricciones de participación en política contenidas en el artículo 127 de la Constitución para servidores públicos. |