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Concepto 232091 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Cuando por justa causa haya interrupción en el período de prueba por un lapso superior a veinte (20) días continuos, éste será prorrogado por igual término; ahora bien, frente al término por el cual deberá ser prorrogado el periodo de prueba para el caso de la servidora que ya había laborado 5 meses, teniendo en cuenta que supera los 20 días de que trata la norma, se considera que se extenderá por el término que permita finalizar los seis meses. |