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Concepto 228041 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "De manera general, tratándose de plantas globales, la Administración puede efectuar movimientos de personal, reubicación y/o traslado, en cualquier tiempo y según las necesidades institucionales. Sin embargo, y como lo manifestamos al inicio de este concepto, por tratarse de un acto de carácter particular, este Departamento Administrativo no tiene incidencia directa o indirecta en tal decisión; por ende, corresponde a la respectiva entidad pronunciarse al respecto, dado que es quien conoce de manera cierta y detallada la situación de su personal, así como de los actos derivados de la negociación colectiva de carácter particular a la cual hace mención en el escrito de consulta." |