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Sentencia 2018-00529 de 2023 - Consejo de Estado El Consejo Superior de la Judicatura carece de competencia para asignar a los nominados, grados, codigos y remuneración diferentes a los previstos en el Decreto 57 de 1993 y demas decretos anuales expedidos por el Goberno Nacional en los que se regule el régimen salarial y prestacional de los empleados de la rama judicial. esta potestad coresponde al presidente de la Republica en desarrollo de las facultades previstas en la Ley 4 de 1992, en consecuencia la remuneración del cargo de abogado asesor grado 23 de los Tribunales Administrativos, es fijada para el abogado asesor en los decretos anuales expedidos por el gobierno nacional. |