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Sentencia 2016-00025 de 2023 - Consejo de Estado

El Consejo de Estado determina que el acto administrativo que definió el traslado no se encontraba en firme por cuanto resulta violatorio del derecho fundamental al debido proceso negarle la posibilidad a la interesada de expresar las razones por las cuáles no esta de acuerdo con dicha orden, pues, como se menciono el traslado debe observar razones no solo objetivas, como las condiciones del cargo, grado salarial, nivel jerárquico, entre otras, sino también de carácter subjetivo, como son los aspectos de índole personal y familiar del trabajador, lo anterior, en atención a que la facultad legal de la cual dispone la administración para efectuar el traslado de un funcionario no es absoluto, por cuanto se debe respetar derechos fundamentales.