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Concepto 198481 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los curadores urbanos son particulares que ejercen funciones públicas y manejan recursos públicos y están sujetos al control y vigilancia fiscal que ejercen las contralorías distritales y municipales. Sin embargo, ni el curador urbano, ni los empleados que éste contrate para realizar las funciones, son servidores públicos. En consecuencia, no tiene la calidad de empleada pública y, por ende, no se configura inhabilidad. Por tanto, la aspirante al cargo de Concejal y que se desempeña como empleada de una Curaduría Urbana, no se encuentra inhabilitada. |