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Concepto 183901 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "La aspirante a personera es pariente en primer grado de consanguinidad con el juez del lugar de la elección, la norma no considera que dicho cargo sea inhabilitante para su aspiración como representante del Ministerio Público. Sin embargo, y en virtud de la relación de parentesco tanto el padre como la hija deben declararse impedidos cuando se encuentren inmersos en alguna de las causales relativas al conflicto de interés previstas en el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011" |